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Puntos relevantes e importancia de la pericial en actuaría?
I. Esta realizada en base a técnicas actuariales donde se contempla la expectativa de vida de las víctimas y la rentabilidad financiera, es decir, la tasa de interés a las que podrán invertirse los montos indemnizatorios.
II. Para la cuantificación de la indemnización, se consideran parámetros internacionales.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos precisó que el pago de la reparación de daños debe comprender la pérdida o menoscabo sufrido en el patrimonio, en los sentimientos, afectos, vida privada, el aspecto moral, así como las erogaciones que se realizaron para tratar de restablecer estados de salud.
La Convención Americana sobre los Derechos Humanos hace mención que un monto indemnizatorio, debe considerar:
a) Corresponder a cada una de las víctimas (directas e indirectas)
b) Considerarse la edad de las víctimas al momento del hecho y su expectativa de vida
c) Considerar los ingresos que obtenían con base en su salario real, a falta de salario real, en el salario promedio en el lugar de residencia.
III. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que las indemnizaciones serán justas cuando su cálculo se realice con base a dos principios:
a) El de reparación integral del daño y
b) En la individualización de la condena, según las particularidades de cada caso.
La indemnización debe individualizarse atendiendo a:
a) Considerar la naturaleza de los daños (físicos, psicológicos)
b) Considerar si existe la posibilidad de rehabilitación
c) Considerar la pérdida de oportunidades
d) Considerar los daños materiales como son: pérdida de ingresos, lucro cesante
e) Considerar los perjuicios inmateriales: daño moral y daño el proyecto de vida
f) Considerar los gastos de asistencia jurídica o de expertos
g) Considerar la situación económica de la víctima
h) Considerar demás características particulares.
IV. El derecho a la reparación integral del daño es incompatible con la existencia de topes, tarifas o montos máximos y mínimos que impidan que la cuantificación de una indemnización atienda a las características específicas de cada caso.
V. El reparar integralmente el daño de forma justa e integral, constituye la aspiración de los juristas más éticos, profesionales, comprometidos y preocupados por la protección integral del ser humano y de la impartición de justicia.
Emitida por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF)
Introducción
En enero de 2015, el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF) emitió las modificaciones a la Norma de Información Financiera D-3 “Beneficios a los empleados” (NIF D-3), las cuales entrarán en vigor a partir del 1° de enero de 2016, permitiéndose su aplicación anticipada a partir del 1° de enero de 2015.
Estas modificaciones son las primeras que se realizan a esta norma desde que entró en vigor el 1° de enero de 2008. Con estas modificaciones, se busca la convergencia con la Norma Internacional de Contabilidad 19 (NIC 19).
La nueva norma D-3 especifica que cuando exista una condición preexistente de pagos por desvinculación de la relación laboral, dichos pagos se tienen que valuar como beneficios post-empleo; por lo anterior, si la entidad estaba valuando y registrando las obligaciones por concepto de la terminación de la relación laboral antes del retiro, se tendrá que seguir valuando, pero ahora como un beneficio post-empleo.
Algunos nombres de conceptos de la NIF D-3 actual, se modificaron con el fin de dejarlos similares a los de la NIC 19.
Este documento es un breve resumen de las modificaciones a la norma vigente; sin embargo, y considerando que los cambios más significativos se dieron en Beneficios post-empleo (antes Beneficios al Retiro), estos se presentan con mayor detalle, y al final se presenta un resumen con los mismos.
Beneficios
La clasificación de los beneficios queda muy similar a la de la actual NIF D-3, sin embargo, hubo modificación en la definición de beneficios por terminación y beneficios al retiro:
1.- Beneficios directos a corto plazo.
2.- Beneficios directos a largo plazo.
3.- Beneficios por terminación.
4.- Beneficios post-empleo.
Beneficios directos a corto y largo plazo
Son los beneficios que se pagan al empleado durante su relación laboral, por ejemplo: sueldos, salarios, tiempo extra, destajos, comisiones, premios, gratificaciones anuales, prima vacacional, entre otros. Si se pagan dentro de los doce meses siguientes al cierre del ejercicio anual en el que los empleados prestaron sus servicios, se denominan beneficios directos a corto plazo; en caso contrario, se denominan beneficios directos a largo plazo.
Beneficios por terminación
Son remuneraciones no acumulativas (Son acumulativas cuando existen condiciones preexistentes de pago, y no acumulativas cuando no existen condiciones preexistentes de pago), que se otorgan y pagan al empleado al término de la relación laboral y de las cuales no existen condiciones preexistentes de acumulación y pago.
Beneficios post-empleo
La definición textual de la NIF es la siguiente:
“Son acuerdos, formales o informales, en los que una entidad se compromete a suministrar beneficios a uno o más empleados tras la terminación de su periodo de empleo. Los planes de beneficio post-empleo pueden ser por: pensiones por jubilación o retiro, pagos por primas de antigüedad por todas las causas atribuibles, pagos por indemnizaciones, compensaciones o liquidaciones con condiciones preexistentes y otros beneficios post-empleo como, seguros de vida, gastos médicos o protección a la salud, beneficios por fallecimiento, entre otros”
De acuerdo con las definiciones de beneficios por terminación y post-empleo, nuestra interpretación es que los pagos por indemnización o liquidación que se les den a los empleados cuando son despedidos por causas injustificadas, se deben valuar y reconocer como un beneficio post-empleo.
Beneficios directos a corto plazo
Se deben reconocer a cambio de los servicios prestados en el periodo, conforme se devengan de acuerdo con el valor nominal de los beneficios actuales.
Beneficios por terminación
Una entidad debe reconocer un pasivo por beneficios por terminación y un costo o gasto directamente en resultados, sin permitir su capitalización en un activo, cuando ocurra la primera de las siguientes fechas:
a) el momento en que la entidad ya no tenga alternativa realista diferente a la de afrontar los pagos de esos beneficios, o no pueda retirar una oferta.
b) el momento en que la entidad cumpla con las condiciones de una reestructuración e involucre el pago de los beneficios por terminación.
Beneficios Post-empleo y beneficios directos a largo plazo
Se debe reconocer el déficit o superávit resultante de la diferencia entre:
a) La Obligación por Beneficios Definidos (OBD), que es el valor presente de los beneficios que la entidad espera pagar al empleado o a sus beneficiarios, correspondiente a los años de servicio prestado y considerando su probabilidad de pago, y
b) Los activos del Plan, si los hubiera.
A esta diferencia se le denomina Pasivo Neto por Beneficios Definidos (PNBD), cuando la OBD es mayor que los activos del Plan (cuando hay un déficit); o Activo Neto por Beneficios Definidos (ANBD), cuando los activos del Plan son mayores a la OBD (cuando hay superávit).
Partidas pendientes de amortizar
Servicio pasado (por introducción o modificaciones al Plan)
Beneficios post-empleo y beneficios directos a largo plazo
Se reconocen en los resultados del ejercicio conforme se vayan generando.
En la NIF D-3 actual, el servicio pasado ya se reconoce en el ejercicio para los beneficios directos a largo plazo, sin embargo para los beneficios post-empleo se amortiza en la esperanza de vida laboral, lo cual ya no aplica en la nueva NIF D-3 debido a que, como se mencionó en el párrafo anterior, se deberá reconocer en el ejercicio en el que se genera.
Remediciones (antes ganancias o pérdidas actuariales y de los activos del Plan).
Beneficios directos a largo plazo
No hay cambio respecto a la NIF D-3 actual ya que las Remediciones que se generen en el periodo, se reconocen de manera inmediata en resultados.
Beneficios post-empleo
Las Remediciones se reconocerán en la cuenta de capital denominada Otro Resultado integral (ORI), y se irán reciclando en el resultado del ejercicio siguiente con base en la Vida Laboral Remanente Promedio (VLRP) sin considerar la banda de fluctuación incluida en la actual NIF D-3.
Cargo al resultado
Costo neto del periodo
Beneficios directos a largo plazo
Queda igual que la NIF D-3 actual ya que el costo se compondrá de la suma del costo laboral, más costo financiero, más algún servicio pasado generado en el ejercicio, así como las Remediciones generadas en el ejercicio.
Beneficios post-empleo
El costo neto del ejercicio como actualmente lo contempla la NIF D-3, está compuesto de la suma del costo laboral más costo financiero, menos el rendimiento esperado de los activos del Plan (estimado con la tasa de rendimiento esperada del fondo), más las amortizaciones de las partidas pendientes de amortizar provenientes de un servicio pasado o de alguna ganancia o pérdida, más el efecto por liquidación o reducción que se hubiera generado en el ejercicio.
Con las modificaciones realizadas a la norma, el costo del ejercicio es la suma del costo laboral, más el costo financiero, menos el rendimiento esperado de los activos del Plan (estimado con la tasa de descuento de los pasivos), más la amortización de las remediciones, más el monto total de alguna modificación al Plan realizada en el ejercicio, más el efecto por liquidación o reducción que se hubiera generado en el ejercicio.
Considerando la misma estructura de la actual NIF D-3, y con el fin de hacerlo comparativo, a continuación se muestran, de manera gráfica, los cambios arriba mencionados.
NIF D3 Actual
Nueva NIF D3
Costo Laboral
Costo Laboral
Costo Financiero (estimado con la tasa de descuento)
Interés Neto = Costo tasa de descuento) memos rendimiento esperado del fondo (estimado con la tasa de descuento
Rendimiento esperado del fondo (estimado con la tasa de rendimiento esperada del fondo)
Amortización anual del servicio pasado por modificación o introducción del plan
Monto total del servicio introducción del plan
Efecto por reducción o liquidación
Efecto por reducción o liquidación
Amortización (en su caso) de ganancias o pérdidas
Reciclaje de remediciones
Sin embargo, en cuestión de conceptos y estructura, el costo neto del periodo se modificó quedando como la suma del costo del servicio, más el interés neto, más el reciclaje de las remediciones.
A continuación se describen estos componentes:
Costo del servicio que es la suma de:
Costo laboral del servicio actual
Costo laboral de servicios pasado de una introducción, modificación o reducción
Ganancia o pérdida por liquidación anticipada
Interés neto sobre el PNBD o ANBD que es la suma de:
Costo por intereses de la OBD
Ingreso por intereses del fondo
Reciclaje de las remediciones que es la amortización del saldo acumulado de las remediciones (ganancias o pérdidas actuariales y del fondo)
Revelaciones
Las revelaciones quedan muy similares a la NIF D-3 actual, sin embargo se establece que para entidades públicas se deberá revelar más información. Dichas entidades ya lo hacían debido a que ya revelaban su información financiera bajo la NIC 19, la cual ya solicitaba estas revelaciones.
Hipótesis Actuariales
Las hipótesis demográficas, así como las económico-financieras, deben ser objetivas y coherentes entre sí. Un cambio importante en esta norma es la definición de la tasa de descuento, así como la desaparición de la tasa de rendimiento esperada de los activos del Plan.
Tasa de descuento de los pasivos
La tasa de descuento para descontar las obligaciones de beneficios post-empleo y directas a largo plazo, se determina tomando como referencia la tasa de mercado de los bonos corporativos de alta calidad, siempre y cuando exista un mercado profundo de los mismos. De no existir, se tomará como referencia la tasa de mercado de los bonos emitidos por el Gobierno Federal.
Tasa de rendimiento esperada de los activos del Plan
Este concepto desaparece debido a que la tasa de rendimiento esperada para los activos del Plan será la misma que se determinó como tasa de descuento.
Techo de los Activos del plan (AP)
Se define un nuevo concepto llamado Obligación Máxima (OM), que es el valor presente de los beneficios totales, es decir la suma de la OBD más el valor presente de los beneficios correspondientes a los servicios futuros.
Cuando los activos del Plan sean mayores que la Obligación Máxima (OM), la entidad deberá considerar el exceso como una inversión restringida y deberá reconocerse en términos de lo dispuesto por la NIF C-1.
Efectivo y equivalentes de efectivo, y por consiguiente, no debe incorporarse en la determinación del Activo Neto por Beneficios Definidos (ANBD). Cualquier retorno sobre dicha inversión restringida debe reconocerse directamente en el resultado del periodo como un ingreso financiero y no debe formar parte del costo neto del periodo.
Transitorios
El monto del Servicio Pasado aún no reconocido, se reconocerá en utilidades retenidas.
El saldo total de ganancias o pérdidas debe reconocerse afectando el saldo inicial de ORI por remediciones. De esta manera, el saldo inicial de ORI, debe reciclarse considerando la VLRP que se tenía al momento de su reconocimiento inicial en ORI.
Cualquier otra diferencia, en caso de existir, debe reconocerse de manera retrospectiva con base en la NIF B-1.
Si una entidad tiene condiciones preexistentes de beneficios por separación que los hace calificar como beneficio post-empleo y no hubiera reconocido la provisión correspondiente, debe reconocer todo el PNBD devengado en utilidades retenidas del periodo más antiguo presentado.
Resumen de los principales cambios en beneficios post-empleo
La entidad tendrá que reconocer en su estado de situación financiera, la diferencia entre la Obligación por Beneficio Definido (OBD) y los activos del Plan, es decir, ya no existe ninguna partida pendiente de amortizar.
Las ganancias o pérdidas actuariales y del fondo (remediciones), se reconocerán en la cuenta de capital denominada Otro Resultado Integral (ORI).
Las remediciones se reciclarán en el resultado del ejercicio con base en la VLRP, por lo que desaparece la banda de fluctuación.
Se elimina la opción de diferir el reconocimiento del servicio pasado por introducción o modificación al Plan, y por lo tanto se tiene que reconocer en el ejercicio en que se genera.
Se contempla un techo al activo diferente al de la NIC-19, denominado Obligación Máxima (OM). La OM es lo que conocemos como el valor presente de las obligaciones totales, es decir, obligaciones por servicio pasado más obligaciones por servicio futuro.
Se incluye, al igual que en la NIC-19, un apartado de reconocimiento de las obligaciones asumidas en beneficios post-empleo.
La prima de antigüedad por todas las causas se considera como beneficios post-empleo.
Los pagos por terminación de la relación laboral al retiro y antes del retiro, se consideran como beneficios post-empleo.
Se establece un nuevo concepto llamado “interés neto”, el cual se define como el costo financiero del Pasivo (Activo) Neto del Beneficio Definido.
El rendimiento esperado de los activos del Plan se estima con la tasa de descuento de los pasivos en lugar de la tasa de rendimiento esperada para el fondo.
Conclusiones
Está claro que las normas contables a nivel mundial están en constante cambio con el fin de adaptarse a las necesidades propias del momento que se vive, y las normas mexicanas no son la excepción.
Aun cuando esta norma es cada vez más parecida a la NIC 19, tiene algunas diferencias las cuales tienen razón de ser con el fin de ser congruentes con el marco normativo que regulan las normas en México.
Por el tipo de beneficios a valuar, esta norma clarifica y precisa el hecho de que los pagos por desvinculación cuando se tiene la práctica de pago, se deben considerar como beneficios post-empleo, y por ende, sí se deben valuar y reconocer la obligación.
Esta consideración no se maneja como una diferencia con la NIC 19, ya que en ésta se manejan los Beneficios Asumidos, los cuales a la luz de la NIC 19 sí deberían valuarse y reconocerse como beneficios post-empleo.
Un Actuario es un profesional de la ciencia actuarial que se ocupa de las repercusiones financieras de riesgo e incertidumbre. Los Actuarios proporcionan evaluaciones de expertos de sistemas de garantía financiera, con especial atención a su complejidad, sus matemáticas y sus mecanismos. Los Actuarios evalúan matemáticamente la probabilidad de eventos y cuantifican los resultados contingentes con el fin de minimizar los impactos de las pérdidas financieras asociadas con los eventos indeseables inciertos. Debido a que muchos eventos, como la muerte, no se puede evitar, es útil tomar medidas para minimizar su impacto financiero cuando se producen. Estos riesgos pueden afectar a ambos lados de la hoja de balance, y requieren de la gestión de activos, gestión de pasivos, y las habilidades de valoración. Capacidad de análisis, conocimiento del negocio y la comprensión de la conducta humana y los caprichos de los sistemas de información son necesarios para diseñar y gestionar programas de control de riesgo.
La profesión ha sido clasificada como uno de los más deseadas en diversos estudios en los últimos años. En 2006, un estudio realizado por EE.UU. News World Report actuarios incluido entre los 25 mejores profesiones que espera será una gran demanda en el futuro (Nemko 2006). Un estudio publicado por el sitio web de búsqueda de empleo CareerCast con un actuario en relación con otros trabajos en los Estados Unidos como el número 1 en 2010 (Needleman 2010), número 2 en 2012 (Thomas 2012) y el número 1 en 2013 (Weber, 2013). El estudio utilizó cinco criterios principales para clasificar los trabajos: el medio ambiente, ingresos, perspectivas de empleo, las exigencias físicas y el estrés.
Entre las capacidades del actuario se encuentran:
Los hechos económicos y sociales sometidos a leyes probabilísticas y financieras, con el fin de proponer diagramas de acción equilibrados que permitan el cumplimiento de las prestaciones recíprocas de ambas partes.
Cualquier tipo de hecho, circunstancia o acontecimiento que involucre riesgos y pueda afectar los bienes económicos o financieros de personas o entes públicos y privados.
Las condiciones de cambio de valores presentes por valores futuros, estableciendo el equilibrio actuarial y las cotizaciones o compensaciones necesarias.
Las condiciones de actuación de los entes públicos o privados actuarialmente organizados para la administración científica del riesgo, de adhesión libre u obligatoria, con o sin fines de lucro, estableciendo las cotizaciones o compensaciones que su viabilidad y estabilidad requiera.
Análisis estratégico de las empresas y planeación de estrategias financieras y comerciales en instituciones tanto financieras como comerciales.