Pago de la Reparación del Daño Justa e Integral

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Puntos relevantes e importancia de la pericial en actuaría?

I. Esta realizada en base a técnicas actuariales donde se contempla la expectativa de vida de las víctimas y la rentabilidad financiera, es decir, la tasa de interés a las que podrán invertirse los montos indemnizatorios.

II. Para la cuantificación de la indemnización, se consideran parámetros internacionales.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos precisó que el pago de la reparación de daños debe comprender la pérdida o menoscabo sufrido en el patrimonio, en los sentimientos, afectos, vida privada, el aspecto moral, así como las erogaciones que se realizaron para tratar de restablecer estados de salud.

La Convención Americana sobre los Derechos Humanos hace mención que un monto indemnizatorio, debe considerar:

a) Corresponder a cada una de las víctimas (directas e indirectas)

b) Considerarse la edad de las víctimas al momento del hecho y su expectativa de vida

c) Considerar los ingresos que obtenían con base en su salario real, a falta de salario real, en el salario promedio en el lugar de residencia.

III. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que las indemnizaciones serán justas cuando su cálculo se realice con base a dos principios:

a) El de reparación integral del daño y

b) En la individualización de la condena, según las particularidades de cada caso.

La indemnización debe individualizarse atendiendo a:

a) Considerar la naturaleza de los daños (físicos, psicológicos)

b) Considerar si existe la posibilidad de rehabilitación

c) Considerar la pérdida de oportunidades

d) Considerar los daños materiales como son: pérdida de ingresos, lucro cesante

e) Considerar los perjuicios inmateriales: daño moral y daño el proyecto de vida

f) Considerar los gastos de asistencia jurídica o de expertos

g) Considerar la situación económica de la víctima

h) Considerar demás características particulares.

IV. El derecho a la reparación integral del daño es incompatible con la existencia de topes, tarifas o montos máximos y mínimos que impidan que la cuantificación de una indemnización atienda a las características específicas de cada caso.

V. El reparar integralmente el daño de forma justa e integral, constituye la aspiración de los juristas más éticos, profesionales, comprometidos y preocupados por la protección integral del ser humano y de la impartición de justicia.

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